Duarte tendrá que atacar narcomenudeo en el Estado: Suprema Corte de Justicia de la Nación

 

 

Periódico REFORMA

 

Ciudad de México.-El Pleno de la Corte aclaró que la reforma de 2009 a la Ley General de Salud adquirió plena vigencia desde agosto de 2010.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las autoridades estatales ya tienen la obligación de perseguir y castigar el narcomenudeo, sin que puedan esperar hasta agosto de 2012, como muchas entidades habían interpretado.

 

Por 6 votos contra 5, el Pleno de la Corte aclaró hoy una contradicción de tesis entre tribunales federales y estableció que la reforma de 2009 a la Ley General de Salud adquirió plena vigencia desde agosto de 2010.

 

El tema había generado múltiples dudas entre las procuradurías y jueces locales, así como entre la PGR y los jueces federales, que estaban «rebotando» asuntos entre los distintos fueros y dando interpretaciones encontradas al primer artículo transitorio de la reforma, mismo que los ministros calificaron de confuso y redactado con deficiente técnica legislativa.

 

El martes pasado, la Corte había resuelto, también por 6 contra 5, que los estados podían aplazar hasta el 21 de agosto de 2012 la entrada en vigor de las reformas necesarias a sus leyes locales.

 

Pero en un giro sorprendente, el Ministro Presidente Juan Silva Meza se alineó hoy con el bloque minoritario del martes, y consideró que más allá de las reformas legales, los jueces y procuradurías estatales ya están obligadas a procesar estos delitos, que siempre habían sido de competencia federal.

 

«Resulta incuestionable que a partir del 21 de agosto de 2010 se encuentra vigente la competencia de las autoridades estatales de procuración e impartición de justicia para conocer y resolver las sanciones y medidas de seguridad previstas en el artículo 474 de la Ley General de Salud relativas a los delitos de narcomenudeo», dice la tesis propuesta por la Ministra Olga Sánchez Cordero.

 

La mayoría de los estados aún no ha implementado las acciones administrativas necesarias para aterrizar la reforma, y en algunos, como el Estado de México que fue el que originó la contradicción, ni siquiera se han hecho los cambios legales.

 

Pero la jurisprudencia de la Corte obligará a todos los jueces federales que reciban este tipo de casos a declinar su competencia en favor de jueces locales en materia penal, con independencia del grado de avance de la reforma en la entidad correspondiente.

 

La PGR y los jueces federales seguirán conociendo de casos de narcotráfico, donde se rebasen las cantidades de droga previstas en el artículo 474, así como de asuntos de narcomenudeo donde se presuma delincuencia organizada.

 

«Me parecería un despropósito que digamos que no han entrado en vigor las leyes, que están todavía en el plazo las entidades para adecuar su marco normativo y administrativo y de recursos humanos y materiales, y no obstante, decir que ya tienen los jueces la competencia para conocer de estos delitos», dijo el Ministro Arturo Zaldívar, el martes en la mayoría y hoy en la minoría.

 

Guillermo Ortiz Mayagoitia advirtió que existe una contradicción directa con lo resuelto el martes, y llamó a sus colegas a mantener la previsibilidad de la Corte y la solidez de sus decisiones.

 

Pero Silva Meza sostuvo que los temas de reformas legales y competencia de las autoridades corren por pistas separadas, e incluso afirmó que a su juicio, los jueces locales debieron hacerse cargo de estos procesos desde el día siguiente de la publicación de la reforma en agosto de 2009.

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