Aprueban diputados modificación del 3% a la Nómina para pagar adeudos

Por Apolinar Velazco/Versiones


Con 29 votos a favor, dos abstenciones y 18 votos en contra, los diputados del Congreso del Estado aprobaron en lo general, el Decreto por el cual se afecta el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, mejor conocido como el 3 por ciento a la nómina, para el pago del pasivo circulante proveniente de los adeudos que reconoce el Gobierno del Estado con proveedores y contratistas.

De esta manera, la mayoría priista y sus aliados del Verde Ecologista de México (PVEM), Nueva Alianza (Panal) y Alternativa Veracruzana (AVE), avalaron la creación de los Fideicomisos de Administración de Cuentas Mandatadas (FIAD) y el de Pago a Proveedores y Contratistas para el Saneamiento del Estado de Veracruz (Fidesan), para liquidar un monto de más de 11 mil millones de pesos de pasivos que 19 dependencias del Ejecutivo del Estado tienen con empresas.

Durante las más de tres hora de discusión, las fracciones parlamentarias de los Partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano (MC) y de los priistas Ricardo Ahued Bardahuil y José Ramón Gutiérrez de Velasco, mostraron su rechazo a la propuesta, siendo estos los que dieron su voto negativo.

Mientras que Jaqueline García Hernández del Panal y Francisco Garduza Mazariegos del PVEM, optaron por abstenerse en la votación de la iniciativa presentada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa, el pasado 30 de junio. El único diputado que no asistió a la sesión fue el priista David Velasco Chedraui.

Con el aval de la mayoría de los legisladores locales y una vez se publique en la Gaceta Oficial del Estado, se afectará la totalidad de la recaudación proveniente del gravamen para el cumplimiento del pago de los adeudos, hasta en tanto se extingan totalmente dichas obligaciones.

Dichas deudas provienen desde 2010, abarcando incluso los adeudos que ya se tienen con las empresas este año, cuando la cuenta pública del presente ejercicio fiscal no se ha entregado y por ende no ha sido analizada y aprobada por la legislatura.

Se especifica que la recaudación del Impuesto del 3 por ciento a la nómina se efectuará, sin excepción alguna, mediante depósito que harán los contribuyentes a cuentas mandatadas irrevocables aperturadas en cada institución bancaria por la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan).

En el decreto se indica que se pagarán los adeudos totales que tiene el gobierno con los proveedores y contratistas que forman parte del anexo único, que fue presentado junto al documento y que no ha sido revelado para conocer cuáles son los corporativos que serían beneficiados con la cancelación de los pasivos.

Sin embargo se deja por sentado que más adelante, el Comité Técnico del Fidesan podrá integrar nuevos pasivos circulantes que no se encuentren en los aprobados por los diputados locales este día. De agregarlos, estos deberán cumplir con lo establecido en el Artículo 134 de Constitución federal.

Para lograr ese cometido, se establecieron las bases para la creación del FIAD, al cual le serán transferidos los recursos efectuados por los contribuyentes por concepto del pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal en la cuentas mandatadas irrevocables aperturadas en diversas instituciones bancarias.

El FIAD tendrá, entre otras facultades, las de comparecer y abrir una cuenta en nombre del Gobierno del Estado con la finalidad de concentrar los recursos que se recauden del gravamen; la cual deberá abrirse en la misma institución de crédito que funja como fiduciaria; recibir, en su caso, las demás aportaciones que realice el fideicomitente; invertir los ingresos que reciba conforme a los instrumentos financieros más rentables y que brinden mayor seguridad en el mercado.

Asimismo, deberá implementar los mecanismos de comprobación de aplicación de recursos que garanticen la consecución del fin primordial y principio rector del Fideicomiso, previstos en el presente artículo; emitir y entregar todos aquellos documentos, solicitudes, informes, certificaciones, constancias y demás información que en términos del contrato constitutivo del Fideicomiso le sean requeridos por el Comité Técnico del FIDESAN, el Congreso del Estado y las demás autoridades competentes.

Por su parte, Fidesan será el encargado de pagar, de conformidad con lo autorizado por el Congreso del Estado y con base en los criterios de orden establecidos en el decreto, los adeudos enlistados que se tiene con los proveedores y contratistas, y que forman parte del pasivo circulante de la Hacienda Pública Estatal.

Este fideicomiso está obligado a recibir los recursos provenientes de la cuenta concentradora aperturada por el FIAD y realizar el pago a los proveedores y contratistas aprobados por la legislatura, priorizando el finiquito de las obligaciones derivadas del cumplimiento de sentencias que se encuentren en sección de ejecución, con excepción de los laudos y las deudas más antiguas. En caso de que sean de la misma fecha se preferirá la menos onerosa y si son de igual monto se aplicará a prorrata, hasta cubrir la totalidad de las deudas.

El FIAD deberá recibir el finiquito de las deudas o facturas a nombre de Gobierno del Estado y remitirlas de inmediato a la Sefiplan para los efectos legales y contables procedentes y emitir y entregar todos aquellos documentos, solicitudes, informes, certificaciones, constancias y demás información que en términos del contrato constitutivo del Fideicomiso le sean requeridos por el Comité Técnico, el Congreso del Estado y las demás autoridades competentes.

El FIAD y el Fidesan deberán constituirse en la misma institución bancaria, la cual deberá ser integrante del Sistema Financiero Mexicano, que a juicio de la Secretaría de Finanzas y Planeación de Gobierno del Estado, ofrezca las mejores condiciones de contratación, operación y administración.

El comité técnico del Fidesan estará presidido por el titular de la dependencia recaudadora y como vocales, sus homólogos de las carteras de Desarrollo Económico y Portuario; de Infraestructura y Obras Públicas y de Desarrollo Social. El titular de la Contraloría General del Estado (CGE) será comisario público.

También contará con un representante de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción; del Consejo Coordinador Empresarial del Estado (CCE) de Veracruz; de la Cámara Nacional de Comercio (Canaco); de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra); la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex); de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) y de la Asociación de Constructores de Veracruz, A.C.

Los honorarios del fiduciario (institución bancaria) por la administración de los fideicomisos y por la aceptación del cargo se establecerán en los contratos respectivo, no obstante que los generados por el Fidesan deberán ser cubiertos con el patrimonio del Fiad.

En los contratos de fideicomiso deberá indicarse que las modificaciones al monto de los honorarios, deberán contar con la aprobación expresa del Comité Técnico del Fidesan, refiere el decreto.

Se señala que la vigencia de los fideicomisos será la necesaria para el cumplimiento de sus fines, pero no excederán del máximo legal permitido y se puntualiza que por su naturaleza y fines, el fideicomitente (Gobierno del Estado) no se reservará el derecho a revocar el fideicomiso ni a revertir cualquier parte de su patrimonio.

De igual forma, se indica que los fideicomisos estarán sectorizados a la Sefiplan, sin que esto implique la contratación de personal adicional.

En los transitorios, se mandata que el Poder Ejecutivo a través de la Sefiplan, deberá celebrar dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto los contratos de fideicomiso señalados e implementar todas las acciones necesarias para cumplir con la finalidad de su creación, asegurándose de que los recursos provenientes de la recaudación del impuesto en cuestión, ingresen en su totalidad a las cuentas mandatadas irrevocables.

El contenido del pasivo circulante aprobado por el Congreso, se precisa, es responsabilidad de las dependencias y entidades ejecutoras del presupuesto de egresos del estado, conforme a lo establecido en los artículos 177 y 186 del Código número 18 Financiero para el Esta- do de Veracruz.

Por lo que una vez constituidos el FIAD y el Fidesan, en un plazo no mayor a treinta días naturales, deberá extinguirse el Fideicomiso Público Número S/0500149 de Administración del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal.

Comentarios de Facebook
Comparte en tus redes sociales
Share on Facebook
Facebook
Tweet about this on Twitter
Twitter
Print this page
Print

Acerca de Expreso de Tuxpan

El sitio de noticias líder de Tuxpan, todo lo importante de la política, cultura, mundo, desarrollo, ciencia, tecnología y más.

Ver todas las entradas de Expreso de Tuxpan →